Kategoria
Beletrystyka
Sklep
Legimi
El régimen de incorporación fiscal (RIF) es aplicable a las personas físicas que cumplan con los requisitos siguientes: 1. Realicen únicamente actividades empresariales. 2. Que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera de título profesional para su realización. 3. Que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior (2016) no hubieran excedido de $2'000,000.00. El RIF que se establece en la Ley del ISR sustituyó al régimen intermedio de las actividades empresariales y al régimen de pequeños contribuyentes, los cuales estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013. Los contribuyentes que optaron u opten por aplicar lo dispuesto en este régimen fiscal, sólo podrán permanecer en el mismo durante un máximo de 10 ejercicios fiscales consecutivos. Una vez concluido dicho periodo, es decir, a partir del décimo primer ejercicio fiscal, deberán tributar conforme al régimen general de las personas físicas con actividades emp
44.99 PLN
Rekomendacje
Choose your language and region
Klarna is available around the world with a variable offering, choose one that suits you best.
Copyright © 2005-2024 Klarna Bank AB (publ). Headquarters: Stockholm, Sweden. All rights reserved. Klarna Bank AB (publ). Sveavägen 46, 111 34 Stockholm. Organization number: 556737-0431